lunes, 11 de julio de 2016

Derecho de Propiedad Intelectual e Industrial

Es importante a la hora de aproximarse al Derecho de Propiedad Intelectual saber diferenciarlo de la Propiedad Industrial. Tienen muchas características comunes como puede ser el objeto sobre el que recaen, bienes intangibles o inmateriales, el carácter temporal, ya que tras el transcurso de un plazo pasan al dominio público y que ambos derechos son exclusivos y prohíben la utilización de las obras por un tercero sin la autorización de su autor. De hecho, hay una concepción amplia del Derecho de Propiedad Intelectual que incluye ambas materias.
Sin embargo, consideramos relevante su diferenciación en la práctica, ya que ambas materias se encuentran bien diferenciadas en nuestro ordenamiento, pues cada una tiene su ley reguladora y sus organismos encargados de su gestión.
En este sentido, la Propiedad Intelectual se centra en proteger obras originales en las que de alguna manera se refleje la persona del autor y no requiere registro alguno para su nacimiento. 
Por su parte, la Propiedad Industrial protege creaciones vinculadas al ámbito industrial, esto es, que tienen aplicación industrial y el registro tiene carácter constitutivo. 

No hay comentarios:

Publicar un comentario